ALCOHOL, RESPONSABILIDADES POR INFRACCION A LA LEY DE.
Si bien es cierto que el artículo 35, reformado, de la ley de alcoholes, establece que las fábricas quedan afectadas preferentemente al pago del impuesto, recargos y multas, aun cuando siendo de terceras personas pasen a propiedad o posesión de otras que no sean del causante, como ni la ley mencionada ni su reglamento, establecen en favor de las autoridades fiscales, ni menos de los inspectores de alcoholes, la facultad de intervenir los inmuebles en que se encuentren instaladas tales fábricas, tan pronto como se descubra la infracción, ejecutado uno de estos actos por dichas autoridades, los mismos son violatorios de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331258-c78cdf7e/alcohol-responsabilidades-por-infraccion-a-la-ley-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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