EMBARGOS, ACTOS ANTERIORES AL.
El requerimiento de pago que se hace al deudor, es un acto anterior al embargo, que la autoridad fiscal lleva a cabo para garantizar el cobro de un adeudo. Ahora bien, si el quejoso en amparo de manera expresa dice que no viene a reclamar en él contra del embargo, porque conviene en que existe la deuda que le cobran, sin duda alguna que no pueden tomarse en cuenta violaciones que se haya podido cometer con anterioridad a ese acto, cuya constitucionalidad es admitida por el propio quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/333065-226e7eee/embargos-actos-anteriores-al · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 797/37. Torres de López Luz. 11 de junio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José M. Truchuelo.
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