SECRETARIAS DE ESTADO, SON REPRESENTANTES DEL EJECUTIVO.
No puede decirse que falta el informe de la autoridad responsable, cuando se pide amparo contra actos del ejecutivo, si aquél es rendido por una secretaría de estado, supuesto que éstas son sus representantes en el despacho de los negocios del orden administrativo de la federación, según lo previene el artículo 1o. de la Ley de Secretarías de Estado, de 30 de diciembre de 1935 y, por tanto, tienen capacidad para obrar en tal sentido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/333581-3abe19fe/secretarias-de-estado-son-representantes-del-ejecutivo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3621/36. Ortiz Palma Alfonso y coagraviados. 23 de octubre de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.
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