IMPUESTOS SOBRE CAPITAL INVERTIDO, LO CAUSAN LOS AJUSTES.
Si unos ajustes representan cantidades que se bonifican a los consumidores, en atención a defectos que pueden aparecer en la mercancía vendida o a diferencias de precios que pueden sufrir los productos vendidos en el mercado, no puede decirse que tales cantidades han salido definitivamente del capital de la negociación, sino más bien que son valores que, por previsión, se anotan a su cargo, y no habiendo salido de un dominio, es indudable que no pueda excluirse del capital invertido tal suma, señalada bajo el concepto de ajustes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/333782-c930f3eb/impuestos-sobre-capital-invertido-lo-causan-los-ajustes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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