EXPROPIACION EN VERACRUZ, INDEMNIZACION POR LA.
El artículo 1o. de la Ley 118, de 8 de julio de 1929, del Estado de Veracruz, ordena que el importe de las expropiaciones sea pagado por el Ejecutivo, en los términos de la misma ley; por lo que el decreto expropiatorio que ordene que la indemnización sea pagada por el ayuntamiento del lugar en que se hizo tal expropiación, viola el mencionado artículo, y con ello se violan las garantías individuales del expropiado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/333800-9d571728/expropiacion-en-veracruz-indemnizacion-por-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2244/36. Alvarez Severiano R. 1o. de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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