PANADERIAS, TRASPASO DE.
Si el funcionamiento de la fábrica y expendio de pan que es traspasado a una persona, reúne las condiciones que el reglamento de esa industria establece, la clausura de dicho establecimiento debe considerarse como violatoria de garantías, si el reglamento en vigor, cuando se llevaron a cabo los efectos de traspaso, no prevenía que el adquirente tuviera obligación de solicitar una nueva licencia y la clausura se funda en la carencia de aquélla.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/333956-ba366469/panaderias-traspaso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XLIX, página 2389. Indice Alfabético. Amparo 3326/36. González Daniel. 18 de agosto de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.
Tomo XLIX, página 827. Amparo administrativo en revisión 1905/36. Ricart Sabaté Ramón. 6 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alonso Aznar Mendoza. Relator: Agustín Aguirre Garza.
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