CONDONACION, ES UN RECURSO.
La circunstancia de que el artículo 25 de la Ley del Jurado de Infracciones Fiscales, determine, en forma imperativa, que la condonación se concederá total o parcialmente, en los casos que el mismo precepto enumera, indica que tal precepto constituye un verdadero recurso, porque conforme a aquél, los infractores tienen derecho a que, llenados los requisitos legales, se les condonen las multas impuestas a las sanciones respectivas; por lo que participa de tal carácter, e interpuesta conforme a la ley y probada su procedencia, la Secretaría de Hacienda viola garantías, si no acuerda la condonación que en forma expresa otorga la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334086-cd953a59/condonacion-es-un-recurso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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