PETROLEO, VALORACION DE PRUEBAS DE DERECHOS SOBRE EL.
De acuerdo con el artículo 250 del Reglamento de la Ley del Petróleo, reformado por decreto de 28 de marzo de 1928, la Secretaría de la Economía Nacional tiene facultades para valorar las pruebas que se pretendan acreditar los derechos petroleros anteriores al primero de mayo de 1917, pues es claro que tales derechos deben ser acreditados ante la autoridad que va a confirmarlos, y sería absurdo pretender que esta autoridad no pudiera hacer la estimación de las pruebas presentadas al efecto, sino que invariablemente le diera valor a todas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334214-6e062274/petroleo-valoracion-de-pruebas-de-derechos-sobre-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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