Corpus
Modo: Corpus Pro

REVISION, PERSONALIDAD PARA INTERPONERLA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 334227 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 907

La Ley de Amparo no concede personalidad a los superiores de las autoridades responsables, para interponer el recurso de revisión en el amparo, como representante de éstas y por tanto, el que interponga debe desecharse.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334227-9cead6ce/revision-personalidad-para-interponerla · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 3705/35. Moreno Manuel M. 16 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Truchuelo. Relator: Agustín Aguirre Garza.

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