Corpus
Modo: Corpus Pro

MOLINOS DE NIXTAMAL, TRASPASO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 334364 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2859

Si contra lo aseverado por el Juez de Distrito, acerca de que el agraviado no probó que tenga permiso o autorización para el funcionamiento de un molino, queda comprobado que éste no fue dado en arrendamiento a aquél, sino que le fue vendido y que no se trata de un giro nuevo, para cuyo funcionamiento se tuviera que solicitar autorización, pues sólo es un traspaso de un negocio que venía funcionando legalmente, la orden de clausura de dicho molino, fundada en que no se solicitó el permiso correspondiente, es anticonstitucional.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334364-e370692c/molinos-de-nixtamal-traspaso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 1334/36. Escalante Felícitas. 10 de junio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.