AYUNTAMIENTOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE SEPARAR A MIEMBROS DE.
La suspensión debe concederse contra la resolución del gobernador de la Legislatura o del Tribunal Superior de Justicia de un Estado, ordenando que un presidente municipal cese en sus funciones, porque la sociedad está interesada en que los componentes de los Ayuntamientos sean respetados en sus funciones públicas y se mantengan en ellas, mientras no se compruebe la existencia de delitos y faltas que los incapaciten para el ejercicio de sus cargos; sin que sea necesario, para conceder la suspensión, exigir requisito alguno, por no existir tercero perjudicado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335140-4cdb36cf/ayuntamientos-suspension-tratandose-de-separar-a-miembros-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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