MORADA CONYUGAL, EMBARGO EN LA; CONTRA EL NO CONCEDE RECURSO LA LEY ORGANICA DE LA TESORERIA DE LA FEDERACION.
El artículo 32 de la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación concede recurso al causante, para oponerse al procedimiento de ejecución, cuando no sea deudor del crédito, cuando este se haya extinguido o cuando su monto sea inferior al exigido; pero dicha ley no establece recurso alguno contra el embargo que se practique en la morada conyugal del causante, y, por tanto, es procedente el amparo que se enderece contra dicho embargo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335515-38830d0d/morada-conyugal-embargo-en-la-contra-el-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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