EXPROPIACION EN EL ESTADO DE SINALOA.
La ley de fecha 12 de junio de 1902, concede a los interesados el recurso de acudir ante la autoridad judicial, únicamente en el caso en que no haya acuerdo sobre el monto de la indemnización, para el efecto de fijar tal monto; y en consecuencia, puede ocurrirse al amparo contra la declaración de expropiación, puesto que contra ella no existe recurso ante la potestad común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335741-cfb9004c/expropiacion-en-el-estado-de-sinaloa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4395/35. Díaz Martínez Elena. 30 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.
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