REVISION, RECURSO DE.
Si el amparo se endereza con la autoridad que ordena el acto reclamado y contra otras que son únicamente ejecutoras, basta que una de estas últimas interponga la revisión, para que se surta la competencia de la Suprema Corte, para revisar el fallo del Juez de Distrito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/336232-d7e5eb47/revision-recurso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3267/33. Barberena Garza Miguel. 7 de julio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.
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