REVISION, COPIAS PARA LA.
Si las copias del escrito en el cual se interpone la revisión contra una sentencia de amparo, no se exhiben dentro del término legal, sino después, y son distribuidas por el Juzgado de Distrito entre las partes, antes de remitir el expediente a la Suprema Corte, es procedente admitir al recurso, puesto que al haberse repartido dichas copias, se reparó cualquier perjuicio que pudiera implicar la tramitación de ese recurso, sin el conocimiento que exige la ley, para las otras partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/336444-d8da5095/revision-copias-para-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de reconsideración 1543/32. En contra de un acuerdo del ciudadano presidente de la Suprema Corte de Justicia. 16 de marzo de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.
Jurisprudencia relacionada
- COPIAS PARA LA REVISION. (s/clave)
- COPIAS PARA LA REVISION. (s/clave)
- REVISION, COPIAS PARA LA. (s/clave)
- COPIAS PARA LA REVISION. (s/clave)
- COPIAS PARA LA REVISION. (s/clave)
- COPIAS, PARA LA REVISION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis