FIANZAS ANTE LA TESORERIA DE LA FEDERACION.
Aun cuando el artículo 59 de la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación ordena que la garantía debe constituirse a satisfacción de la oficina exactora, esto no quiere decir que la calificación de fianza debe quedar al arbitrio de la misma y que puede desecharla sin que exista un motivo o razón legal para ello.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337335-155712ab/fianzas-ante-la-tesoreria-de-la-federacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 497/31. Caso Mier Vicente de. 7 de octubre de 1931. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.
Jurisprudencia relacionada
- FIANZAS, COBRO DE LA TESORERIA DE LA FEDERACION NO ES AUTORIDAD EJECUTORA. (s/clave)
- FIANZAS. INCONFORMIDAD EN CONTRA DE LOS REQUERIMIENTOS DE LA TESORERIA. (s/clave)
- FIANZAS. EL REQUERIMIENTO DE PAGO DE LA TESORERIA NO ES ACTO DERIVADO DE OTRO CONSENTIDO, SI ESTE ES EL AUTO QUE ORDENA HACER EFECTIVA LA GARANTIA. (s/clave)
- FIANZAS, CANCELACION AUTOMATICA DE LAS. (s/clave)
- FIANZAS. QUEDA INSUBSISTENTE LA QUE GARANTIZA UN RECURSO QUE NO SE INTERPONE. (s/clave)
- FIANZAS PENALES. LEGALIDAD DEL REQUERIMIENTO DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis