FIADORES.
Si por virtud de un amparo, no puede exigirse al deudor principal el pago de una multa, es evidente que tampoco pueden seguirse los procedimientos tendientes a hacer efectiva esa multa, en contra del fiador, ya que la fianza, como contrato accesorio sigue a la suerte principal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337506-780cb251/fiadores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 393/28. Athié Jacinto. 7 de julio de 1931. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.
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