Corpus
Modo: Corpus Pro

FIANZA EN AMPARO. LA PRIMA DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 815541 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1944; Pág. 46

Cualquiera que sea la cantidad que se le haya pagado a un particular para que se constituya fiador en el amparo, el que pretenda otorgar contrafianza sólo está obligado a reembolsar al que obtuvo la suspensión, por concepto de retribución al fiador, una cantidad no excedente, en ningún caso, del cincuenta por ciento de lo que cobraría una empresa de fianzas legalmente autorizada; por lo que no hay agravio para quien obtenga la suspensión, cuando el Juez fija, al que por otorgamiento de contrafianza, solicita la ejecución, como restitución de pago a un fiador particular, una cantidad igual a la que hubiera cobrado una compañía afianzadora.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/815541-22224805/fianza-en-amparo-la-prima-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 595/43. Molina María. 4 de diciembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.