COMISARIOS EJIDALES.
La Ley Reglamentaria sobre Repartición de Tierras Ejidales y Constitución del Patrimonio Parcelario Ejidal, de 19 de diciembre de 1925, en su artículo 5o. fija las atribuciones de los comisarios ejidales y examinando esas atribuciones, se concluye que los comisarios ejidales no tienen carácter de autoridad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337789-3e8fcdcc/comisarios-ejidales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 246/27. Ortiz de la Huerta Rafael. 30 de septiembre de 1930. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Salvador Urbina no intervino en la votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Relator: Daniel V. Valencia.
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