Corpus
Modo: Corpus Pro

IMPUESTOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 337914 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 386

Aunque la aplicación de los decretos que crean los impuestos, sea constante, no puede decirse que constituyan actos de tracto sucesivo; y si contra dichos decretos no se reclamó en amparo, dentro de los quince días siguiente a la primera vez en que se aplicaron, deben tenerse como consentidos, para los efectos del juicio de garantías.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337914-3d3ef968/impuestos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo XXIX, página 2143. Indice Alfabético. Amparo 2892/29. Auto-transportes Roma Piedad y Anexas. 31 de julio de 1930. Mayoría de tres votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca y Arturo Cisneros Canto. Relator: Daniel V. Valencia. Tomo XXIX, página 386. Amparo administrativo en revisión 2682/29. Segura y Aranda Miguel. 22 de mayo de 1930. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.

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