CARBON PRECIO DEL.
La venta del carbón vegetal debe considerarse como de interés público, y, por tanto, no debe suspenderse, la aplicación del artículo 14 del reglamento relativo, en el Distrito Federal, que da al Departamento Central la facultad de fijar el precio a ese combustible.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338139-92d9142f/carbon-precio-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3355/29. Polo de Feito Fabiana. 15 de marzo de 1930. Mayoría de tres votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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