RECONSIDERACION.
La reconsideración administrativa no es un recurso que interrumpa el término para pedir el amparo, a no ser que las leyes relativas la establezcan expresamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338261-24380a6f/reconsideracion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 673/29. Asociación de Introductores de Ganados del Distrito Federal. 17 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Salvador Urbina.
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