COPIAS PARA LA REVISION.
Si las copias del escrito en que se interpone la revisión y que exige el artículo 88 de la Ley de Amparo, no se presentan completas dentro del plazo que para promover el recurso, fija el artículo 86 del mismo ordenamiento, la revisión no está interpuesta en tiempo y forma, y debe ser desechada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338639-700ce550/copias-para-la-revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 187/25. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 15 de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- COPIAS PARA LA REVISION. (s/clave)
- COPIAS PARA LA REVISION. (s/clave)
- COPIAS PARA LA REVISION. (s/clave)
- COPIAS PARA LA REVISION. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- COPIAS PARA LA REVISION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis