COSTAS, CARECE DE APOYO LEGAL LA CONDENA SOLIDARIA AL PAGO DE, EN CASO DE PLURALIDAD DE DEUDORES.
Es procedente la condena en costas de ambas instancias, cuando se trata de dos sentencias conformes de toda conformidad en su parte resolutiva, pero el juzgador no tiene apoyo legal para que dicha condena sea en forma solidaria cuando se trata de varios demandados, pues esta forma sólo se origina por disposición de la ley o por voluntad expresa de las partes; además, el artículo 1802 del Código Civil de la entidad, no permite que cada uno de ellos deba cumplir íntegramente la obligación; y la deuda se considerará dividida en tantas partes como deudores haya.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338723-cfc2c0b2/costas-carece-de-apoyo-legal-la-condena-solidaria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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