ALIMENTOS, MONTO DE LOS (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).
La ley no fija reglas aritméticas para determinar el monto de la pensión alimenticia sino únicamente establece, en el artículo 242 del Código Civil del Estado de Veracruz, que los alimentos han de ser proporcionados a la posibilidad del que debe darlos y a la necesidad del que debe recibirlos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339006-c731ccb4/alimentos-monto-de-los-legislacion-del-estado-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1744/56. Sofía Romero Flores. 18 de marzo de 1957. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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