MATRIMONIO. INTERES SOCIAL EN SU PERMANENCIA.
Por ser el matrimonio la base de la familia y de la sociedad su mantenimiento es, en principio, de interés público y sólo es legítima su disolución cuando concurren causas de divorcio realmente graves y demostradas en forma indubitable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339429-5e09c15a/matrimonio-interes-social-en-su-permanencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4314/55. José Tazzer Coppe. 27 de junio de 1956. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: José Castro Estrada.
Jurisprudencia relacionada
- MATRIMONIO Y DE LA FAMILIA. NATURALEZA DEL. (s/clave)
- DIVORCIO. LAS CAUSALES DEBEN PROBARSE PLENAMENTE. (562)
- DIVORCIO. LAS CAUSALES DEBEN PROBARSE PLENAMENTE. (231)
- DIVORCIO NECESARIO. (s/clave)
- DIVORCIO. LAS CAUSALES DEBEN PROBARSE PLENAMENTE.- (214)
- MATRIMONIO, CARACTER DEL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis