PATRIA POTESTAD, PERDIDA DE LA (EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO).
Si se concedió el amparo contra la sentencia de segunda instancia, dictada en un juicio de divorcio, que confirmando la de primer grado absolvió a la demandada, y en ejecución de la mencionada sentencia de amparo, la responsable dicta una nueva en la que resuelve que el hijo menor debe quedar bajo la patria potestad del cónyuge actor, punto este que no fue tratado en el amparo, debe declararse fundada la queja que contra tal sentencia se interponga, para el efecto de que el cónyuge afectado, conserve la patria potestad del menor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339998-598f21d7/patria-potestad-perdida-de-la-ejecucion-de-sentencias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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