Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBAS. IMPUGNACION DE SU APRECIACION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 340305 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1167

Si el Juez apreció ilegalmente una prueba, sólo las partes en el juicio pueden impugnar la apreciación y no un tercero que es ajeno a la controversia. Por tanto, si la sentencia que estimó acreditada la acción ejercitada, es ejecutoria y por lo mismo inobjetable, no es posible legalmente en un diverso juicio destruir el valor probatorio de los elementos de convicción allegados por las partes y definitivamente calificados por el juez en otro proceso.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340305-21043618/pruebas-impugnacion-de-su-apreciacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 2853/54. García Efrén. 25 de febrero de 1955. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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