EVICCION.
Cuando el comprador de un bien es privado del mismo por causa de evicción, tienen aplicación las disposiciones relativas del Código Civil, y se entiende que un comprador está privado de un bien por causa de evicción, cuando hay una sentencia definitiva que lo priva del goce de la propiedad que él había adquirido, y esa sentencia le da base para proceder contra su vendedor y exigirle el pago de todas las obligaciones que señala la ley para los casos de evicción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340325-1b146599/eviccion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2934/54. García Reynaldo, Suc. de. 7 de marzo de 1955. Mayoría de tres votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Jurisprudencia relacionada
- EVICCION. (s/clave)
- EVICCION. (s/clave)
- EVICCION, SANEAMIENTO PARA EL CASO DE. (s/clave)
- EVICCION (LEGISLACION DE COAHUILA). (s/clave)
- EVICCION. (s/clave)
- EVICCION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis