RESPONSABILIDAD OBJETIVA, NEGLIGENCIA DE LA VICTIMA EN CASO DE.
Es totalmente inadecuado hablar de culpa o negligencia de la víctima, cuando ésta es un menor de corta edad, que por principio, es irreflexivo e incapaz de medir un peligro, razón ésta que justifica jurídica y humanamente la adopción de la responsabilidad objetiva en un código positivo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340407-abcb7e58/responsabilidad-objetiva-negligencia-de-la-victima-en-caso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2333/51. Alvarado Espinosa Manuel. 6 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo.
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