PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
La apreciación de las pruebas en un juicio plenario de posesión no es consistente, si para desecharse la prescripción se opone a la prueba testimonial, la instrumental relativa a la sentencia dictada en un interdicto de recuperar la posesión anterior seguido entre las mismas partes, pues esa resolución adversa al actor, no puede estimarse como demostración inatacable de un elemento de posesión, para la plenaria que después se intenta, pues en el nuevo juicio debe hacerse una estimación autónoma, conforme a las constancias del mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340697-d9883c9a/pruebas-apreciacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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