ALBACEAS JUDICIALES, PROVISIONALES, HONORARIOS DE LOS.
Las funciones del albacea judicial y las del interventor no sólo se confunden, sino que se identifican, según lo dispone expresamente el artículo 4o. del Código del Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales; este precepto no debe interpretarse en el sentido de que las disposiciones relativas al interventor siguen respecto al albacea judicial sólo en aquello que es compatible con su respectiva naturaleza, sino que debe aplicarse al pie de la letra, ya que su texto es claro y terminante y por lo mismo no admite más interpretación que la derivada de la letra misma del precepto, lo cual se explica porque la naturaleza de las funciones del albacea judicial provisional es, en sustancia, la misma que la del interventor, ya que ambos son representantes provisionales de la sucesión, encargados de custodiar los bienes de la misma, en tanto que comparecen los herederos legítimos. No es exacto que el Código Civil señale las funciones del albacea judicial, pues los artículos 1705 y 1706 se refieren sin duda al albacea definitivo, ya que entre otras obligaciones le impone la de partir y adjudicar bienes entre los herederos, obligación que obviamente no puede desempeñar un albacea provisional por la sencilla razón de que sus funciones cesa en cuanto hay declaración de herederos y estos hacen la elección de albacea. Por tanto, si el Código Civil no señala las funciones del albacea judicial, sino el Código de Procedimientos Civiles, a las disposiciones de este hay que sujetarse. Ahora bien, es indudable que los albaceas judiciales provisionales tiene derecho a cobrar honorarios, pero estos deben limitarse a los que les corresponde por sus honorarios de interventor, según los artículos 778 y 838 del código procesal, sin perjuicio de que haga efectivo el derecho a los honorarios que les concede el artículo 309 de la Ley Orgánica de los Tribunales Comunes del Distrito y Territorios, en su caso, sobre el importe bruto de los bienes que administran.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341134-df803bd5/albaceas-judiciales-provisionales-honorarios-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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