CONTRATOS, NOMBRES DE LOS.
Si a un contrato se le da el nombre de arrendamiento, pero en él se pacta que después de determinado número de pagos, quien se dice arrendador otorgará escritura de venta, al supuesto arrendatario, es indudable que se está en presencia de un contrato de compraventa a plazos, ya que el nombre con que se designa a las cosas no cambia su propia esencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341277-300b9cc1/contratos-nombres-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 39/53. Guerrero González Alfonso. 3 de marzo de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Vicente Santos Guajardo y José Castro Estrada. Ponente: Gabriel García Rojas.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 301, tercera tesis relacionada con la jurisprudencia 107, de rubro "CONTRATOS, NATURALEZA Y DENOMINACION DE LOS.".
Jurisprudencia relacionada
- CONTRATOS, NOMBRE DE LOS. (s/clave)
- CONTRATOS, EL NOMBRE QUE LES DE, NO CAMBIA SU NATURALEZA. (s/clave)
- COMPRAVENTA A PLAZOS, BAJO FORMA DE ARRENDAMIENTO. (s/clave)
- CONTRATOS, NOMBRE DE LOS. (s/clave)
- COMPRAVENTA Y PROMESA DE VENTA. (s/clave)
- CONTRATOS, DENOMINACION DE LOS. (s/clave)
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