INSPECCION OCULAR.
Los hechos presenciados por el funcionario respectivo en el desarrollo de una diligencia y que constan en el acta relativa deben tenerse por ciertos, por tratarse de la fe dada por una autoridad, en el ejercicio de su cargo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341299-b1afce25/inspeccion-ocular · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1878/53. Lozano Vda. de Hinojosa Marina. 10 de marzo de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. Ponente: José Castro Estrada.
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