Corpus
Modo: Corpus Pro

PRESCRIPCION LIBERATORIA. CORRE ENTRE LA PRESENTACION DE LA DEMANDA Y EL EMPLAZAMIENTO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 341462 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 229

Aun suponiendo aceptable la tesis de que la sola presentación de la demanda interrumpe la prescripción, ésta se opera si entre dicha presentación y el emplazamiento corre el término necesario para que se realice la prescripción liberatoria, aun cuando haya habido promociones del actor, insistiendo en que se lleve al cabo el emplazamiento, pues aun dentro del supuesto de la mencionada tesis, tales promociones no pueden considerarse con efectos liberatorios, ya que no son demanda y en consecuencia no tendrían el efecto de interrumpir la prescripción.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341462-e91203c6/prescripcion-liberatoria-corre-entre-la-presentacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 2103/53. Dirección General de Pensiones Civiles de Retiro. 23 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Agustín Mercado Alarcón. El Ministro Gabriel García Rojas no voto en este negocio por las razones que se expresan en el acta del día.

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