Corpus
Modo: Corpus Pro

SOBRESEIMIENTO POR FALTA DE PROMOCION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 341923 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 122

Si un extraño tanto al juicio que origina el amparo como a éste, presenta un escrito adhiriéndose a la demanda de garantías, haciéndola suya en todas sus partes, escrito que se manda agregar para los efectos a que hubiere lugar, como quiera que dicho extraño no es parte en el amparo, ni su escrito ni el acuerdo a el recaído, son aptos para interrumpir de 180 días establecido en la fracción V, del artículos 74, de la Ley de Amparo, debe sobreseerse en el juicio si ha transcurrido dicho término.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341923-abe54309/sobreseimiento-por-falta-de-promocion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 36/52. Sánchez María Antonia y coags. 20 de octubre de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Disidente: Gabriel García Rojas. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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