PRUEBA PERICIAL, APRECIACION DE LA.
El ejercicio del prudente arbitrio que concede al juzgador el artículo 419 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales, para valorizar el dictamen de peritos, sólo es ilegal cuando es contrario a las constancias de autos o infringe los principios de la lógica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341977-b0256d0e/prueba-pericial-apreciacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1037/52. Miranda Domingo y coags. 14 de noviembre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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