SUBARRENDATARIOS, SON CAUSAHABIENTES DEL ARRENDATARIO.
Los subarrendatarios tienen un derecho derivado del que corresponde al arrendatario, derecho que no puede ser mayor que el de este último sobre el inmueble arrendado, puesto que nadie puede trasmitir lo que no tiene. Por tanto, los subarrendatarios no tienen que ser oídos ni vencidos en el juicio seguido contra el arrendatario por ser causahabientes de éste; y no puede considerarse que se violen las garantías del arrendatario por la circunstancia de que se le haya condenado a desocupar la casa en su totalidad, no obstante que la tiene subarrendada en parte, ni porque se le haya condenado también a pagar las rentas causadas y las que se sigan causando hasta el día de la desocupación total, ya que mientras sigan los subarrendatarios poseyendo parte de la casa, es como si el arrendatario mismo poseyera.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342657-e68b0dc6/subarrendatarios-son-causahabientes-del-arrendatario · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ARRENDAMIENTO, DESOCUPACION EN CONTRA DEL ARRENDATARIO Y DEL SUBARRENDATARIO. (s/clave)
- SUBARRENDATARIO, ES CAUSAHABIENTE DEL ARRENDATARIO. (s/clave)
- SUBARRENDAMIENTO, EXISTENCIA DEL, AUNQUE CONCLUYA EL TERMINO DEL ARRENDAMIENTO. (s/clave)
- SUBARRENDATARIO, DERECHOS DEL. (s/clave)
- SUBARRENDATARIO, SUSPENSION PEDIDA POR EL. (s/clave)
- SUBARRENDAMIENTO. CUANDO OPERA LA CAUSAHABIENCIA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis