Corpus
Modo: Corpus Pro

TITULOS PROFESIONALES (LEGISLACION DE JALISCO).

Clave: — · Registro digital (IUS): 342761 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 182

La infracción del artículo 11 del decreto de seis de junio de mil novecientos treinta y tres, sobre Reglamentación de Profesiones, sólo podría traer como consecuencia la responsabilidad del Juez, pero de ninguna manera el desconocimiento de los derechos de las partes ya admitidos en el procedimiento, según se desprende de los términos del citado precepto, el cual establece: "Los Tribunales del Estado repelerán de oficio y bajo su responsabilidad, a quiénes sin el título legal correspondiente, se apersonan en juicio como patronos, mandatarios, procuradores o voceros en nombre de otro.".

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342761-16740e7c/titulos-profesionales-legislacion-de-jalisco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparos civiles acumulados en revisión 5921/48. Alvarez Dolores y coagraviados. 4 de abril de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Hilario Medina. Disidente: Carlos I. Meléndez. Relator: Agustín Mercado Alarcón.

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