ALIMENTOS A LOS HIJOS MENORES, EN CASO DE DIVORCIO.
La circunstancia de que se hayan estipulado alimentos para la esposa, en el convenio de divorcio, no puede implicar el desconocimiento de los derechos del hijo menor, pues éstos en nada pueden resultar afectados por aquella estipulación, dado que la ley los consagra en todo caso y en forma irrenunciable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342873-8577c2d1/alimentos-a-los-hijos-menores-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4283/50. Espinosa Armando. 3 de mayo de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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