Corpus
Modo: Corpus Pro

LIBROS DE LOS COMERCIANTES, INSPECCIONES DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 343149 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1916

El artículo 287 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales establece: "Cuando una de las partes se oponga a la inspección o reconocimiento ordenados por el tribunal, para conocer sus condiciones físicas o mentales, o no conteste a las preguntas que el tribunal le dirija, éste debe tener por ciertas las afirmaciones de la contraparte, salvo prueba en contrario. Lo mismo se hará si una de las partes no exhibe a la inspección del tribunal, la cosa o documento que tiene en su poder". Ahora bien, si el promovente de una tercería excluyente de dominio, afirmó que la operación de compraventa de los muebles cuyo dominio discute estaba registrado en los libros de la sociedad ejecutada, y para demostrar ese hecho solicitó una inspección judicial, a la cual se opuso la sociedad, la afirmación del tercerista debió tenerse por cierta, salvo prueba en contrario.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/343149-88e2b998/libros-de-los-comerciantes-inspecciones-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 4267/50. Huerta Maximino. 14 de marzo de 1951. Mayoría de tres votos. Relator: Hilario Medina.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.