PRESCRIPCION POSITIVA, TITULO DE LA POSESION PARA LOS EFECTOS DE LA (COMPRAVENTA, FALTA DE FORMALIDADES EN LA).
Es indudable que un documento que contiene la voluntad clara y expresa de los contratantes, aunque por su falta de solemnidad no tenga la fuerza de un contrato definitivo, sí genera derechos y obligaciones. Así, un contrato de compraventa que no reviste la forma requerida por la ley, aunque no pueda considerarse perfecto, ni ser bastante para que se efectúe la traslación de dominio, sí genera derechos y obligaciones entre los contratantes, y si entre ellos estuvo el de la posesión a favor de quien figura como adquirente, porque recibió la cosa y se obligó a pagar un precio, no puede decirse que esa posesión deba ser considerada como precaria, sino que lo es a título de dueño, y como tal, resulta suficiente para originar la prescripción positiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/343402-41c45ca5/prescripcion-positiva-titulo-de-la-posesion-para-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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