REVISION, MATERIA DE LA.
Si el Juez de Distrito sólo analizó y resolvió sobre la suspensión de uno de los actos reclamados; pero sobre esa omisión no se hizo valer ningún agravio, ni perjudica a la parte recurrente, la revisión sólo se ocupará de determinar si procede la suspensión contra el acto que tomó en cuenta el Juez de Distrito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344287-86e7c469/revision-materia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 9471/49. Cárdenas Ezequiel. 4 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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