FIANZA EN EL AMPARO, CANCELACION DE LA.
Debe declararse infundada la queja interpuesta contra el auto del Juez de Distrito por el cual se negó a acceder a la petición del recurrente, para que se cancele la fianza otorgada en el juicio de garantías y se le devuelva la póliza relativa, no obstante que obtuvo sentencia favorable en el mismo, si de autos aparece que en realidad dicho Juez no se ha negado en forma expresa a cancelar la fianza y devolver la póliza, sino simplemente y como cuestión previa, mandó que se oyera al tercero perjudicado, lo que en último análisis se traduce en el respeto de la garantía de audiencia del propio tercero.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344332-00723056/fianza-en-el-amparo-cancelacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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