REMATE DE BIENES CUYO VALOR EXCEDE DE CINCO MIL PESOS, PUBLICACION TRATANDOSE DE.
El artículo 570 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, contiene una regla general sobre la forma de iniciar la subasta pública, por medio de edictos fijados en los sitios públicos de costumbre de siete en siete días y por dos veces; y agrega que si el valor de la cosa pasara de cinco mil pesos, se insertarán los edictos en un periódico de información. La segunda parte de este precepto no puede desvincularse de la primera, pues de otro modo aquél carecería de sentido, por no saberse cuándo ni cómo deberían insertarse los edictos en el periódico de información. Por la redacción del artículo, se ve que dicha publicación en el periódico, es un requisito adicional de publicidad, cuando se trata de subasta de bienes cuyo valor excede de cinco mil pesos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344521-bb528db2/remate-de-bienes-cuyo-valor-excede-de-cinco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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