REMATES, PUBLICACION DE LOS EDICTOS QUE CONVOCAN A LOS, EN LOS TABLEROS DE LOS JUZGADOS.
El artículo 570 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal establece: "hecho el avalúo, se sacarán los bienes a pública subasta anunciándose por dos veces, de siete en siete días, fijándose edictos en los sitios públicos de costumbre, y si el valor de la cosa pasare de cinco mil pesos, se insertarán aquéllos en un período de información.". Ahora bien, es del dominio público que los tableros de aviso de los Juzgados de lo Civil sirven para la publicación de los edictos convocatorios de remate, es decir, es admisible que éstos se fijen en dichos tableros, y por lo mismo, si la subasta no se publicó en forma debida fijando los edictos en los lugares de costumbre, se infringió el artículo 570 citado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344522-32c67d87/remates-publicacion-de-los-edictos-que-convocan-a · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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