TESTIGOS, TACHAS A LOS.
Si de las constancias de autos aparece que en la diligencia en que se recibieron pruebas en segunda instancia, el representante de los quejosos tachó a los testigos propuestos por su contraparte, y el tribunal responsable acordó reservar la resolución correspondiente a esas tachas; pero de los términos de la sentencia reclamada se desprende que el propio tribunal valoró la prueba testimonial, sin tomar en cuenta las tachas que se alegaron en contra de los testigos, por tal motivo debe considerarse fundado el concepto de violación que al respecto se haga valer y concederse la protección federal, para el efecto de que la mencionada autoridad pronuncie nueva sentencia, en la que valore la prueba testifical apreciando las tachas que fueron opuestas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344722-528d239c/testigos-tachas-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TESTIGOS, TACHAS DE LOS. (s/clave)
- TESTIGOS, TACHAS A LOS. (s/clave)
- TESTIGOS ANTE LAS JUNTAS, TACHAS EN CONTRA DE LOS. (s/clave)
- LAUDOS, TESTIGOS NO TOMADOS EN CUENTA EN LOS. (s/clave)
- PRUEBAS, APRECIACION DE LAS, EN LA APELACION. (s/clave)
- TESTIGOS, REPREGUNTAS A LOS, EN MATERIA LABORAL. EL HECHO DE QUE LA JUNTA NO LAS CONSIDERE EFICACES PARA DESVIRTUAR LO ATESTIGUADO, NO SIGNIFICA QUE OMITA SU ESTUDIO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis