DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS POR LA SUSPENSION.
Los daños y perjuicios causados por la suspensión que se pueden reclamar, deben derivarse, no de situaciones supuestas que pueden o no ocurrir, sino de hechos que sucedieron y cuya existencia sea plenamente demostrada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345338-578c61f6/danos-y-perjuicios-causados-por-la-suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 423/48. Córdova Salvador G. 6 de noviembre de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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