ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL, EN CASO DE EVICCION.
Cuando se enajena la cosa arrendada, el contrato de arrendamiento no termina, debido a que existe una trasmisión de los derechos del arrendador, al adquirente de la cosa; pero cuando por evicción, es vencido el arrendador y privado de la propiedad, el arrendamiento sí concluye, en virtud de que desaparece el supuesto derecho que tuvo aquél para celebrar el contrato.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345896-566ab7f2/arrendamiento-terminacion-del-en-caso-de-eviccion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 264/46. Blanca Espinosa Antonio y coag. 14 de junio de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Vicente Santos Guajardo.
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