TUTORES DATIVOS.
Si la designación de una persona, como tutora dativa de unos menores, se hizo mediante un procedimiento judicial, que, bueno o malo, no ha sido anulado, la personalidad de aquélla, en juicio, como representante de los menores, debe estimarse legalmente comprobada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/346445-12b9f72a/tutores-dativos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 6618/46. Cía. Limitada de Luz Eléctrica, Fuerza y Tracción de Veracruz. 2 de julio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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